Dr Juan de Dios Romero
LA "SUBASTA" DE FRECUENCIAS RADIOELÉCTRICAS EN LA REGULACIÓN ARGENTINA DE LAS
TELECOMUNICACIONES
Somero análisis de elementos esenciales del Decreto N º 764 / 00 y de la Resolución SC
N º 235 / 01
"LA REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA ES, SIN DUDAS, LA MENOS ELEGANTE Y
GRATIFICANTE DE LAS ACTIVIDADES PUBLICAS: JOHN K. GALBRAITH "
(Afirmación -a la que se acude - y es tomada en el Libro LA REGULACIÓN ECONOMICA, Tomo 1
, de la Obra del Dr. ALBERTO B. BIANCHI, Fundación José Manuel de Estrada, Editorial
Ábaco de Rodolfo Depalma , Tomo I , pagina 8)
NOTA: LA AFIRMACIÓN PRECEDENTE DEL PRESTIGIOSOS INTELECTUAL DE LOS EEUU, EN MI OPINIÓN
ES FALSA, EN MATERIA DE REGULACIÓN REFERIDA A LAS TELECOMUNICACIONES , INCLUSIVE EN LOS
EEUU DONDE LO POR CREARSE AUN ES UN CAMPO DEMASIADO EXTENSO PARA SER ABORDADO POR LOS
RECURSOS HUMANOS QUE EN SU PATRIA ESTAN DISPONIENDO. Y SU CONCEPTO ESTA TEÑIDO DE COLOR
FISCALISTA. LA ELEGANCIA QUE PARECE RECLAMAR EL SR. GALBRAITH, ESTA EN FUNCION DE, NO SOLO
LA ADECUADA INTELECTUALIDAD DE LOS ACTORES, SINO TAMBIEN DE LOS OBJETIVOS QUE SE VINCULAN
ESTRECHAMENTE AL CONCEPTO DEL BIEN COMUN QUE LA ACTIVIDAD TIENE COMO CAUSA FINAL.
LA ELEGANCIA, COMO VALOR DE LA ESTETICA, FUE DESUBIERTA POR MI EN UNA NOVELA TITULADA:
" ASESINATO DE CALIDAD".
El Decreto N º 764 / 2000, en lo que respecta al recurso intangible, artificial y escaso
de las frecuencias radioeléctricas, fundamentalmente para los servicios fijos de
transmisión de datos y valor agregado ( SFTDVA) y para las bandas de frecuencias
tipificadas como categoría radioeléctrica ( y no como servicios que pueden soportar)
bajo la denominación de Alta Densidad ( de energía y / o información ), descriptas y
clasificadas en la Resolución SC N º 869 / 98 y en la Resolución SC N º 109 / 2000,
resuelve que el recurso se otorgará como permiso de uso temporario a tres títulos:
a.- A demanda.
b.- Por Concurso.
c.- Por Subasta.
La Resolución SC N º 235 / 01, aborda en su Anexo X el Procedimiento de la Subasta. No
habiéndose regulado el procedimientos del Concurso.
El concepto de subasta, en el caso que nos ocupa, por primera vez es introducido en
Argentina respecto a un bien tipificado como del dominio publico del estado por creación
jurisprudencial y ausente como tal en el Código Civil, y cuya naturaleza es la indicada
en el primer párrafo y en el campo de la desregulación de las telecomunicaciones
Argentinas.
El concepto de subasta está firmemente ligado a la oferta del "más alto
precio". En mi opinión este concepto necesariamente no se puede concebir como el
"mejor precio" al acceso al derecho precario que otorga el "permiso de
uso" del recurso y por un lapso determinado.
Sobre todo, teniéndose en cuenta las asimetrías en materia de posible competencia ya
instaladas en el país en materia de valor agregado de telecomunicaciones en las areas
urbanas o rurales.
Además, su concepto está ligado a la "enajenación", al traslado del dominio
hacia el adquirente, es decir, tiene el concepto de "traslaticio" de la compra y
venta y no el del acceso del ejercicio de un derecho endeble no sujeto a indemnización
por su pérdida (Ley 19.798) por el ejercicio que el estado realiza de sus facultades en
el "permiso de uso".
La intrínseca concepción de la "subasta", deviene de la concepción del
derecho romano, en cuanto : " Itake subhastare est sub hasta distrahere; quía
scilicet hasta erat praecipuum signumi corum quae poblicé venundabantur ", lo que
esta aligado al concepto de la previa tasación de bienes, que en el caso están
prefijados en la R SC Nº 10 / 95 ( t.o.), en lo que solo hace a la obligación por
períodos ( por parte de quien ya tiene asignada frecuencia ) y no al pago por derecho al
acceso a la obtención de un permiso, y también ligado el concepto romano del "justo
precio" ( por oferta menor a una fracción de lo tasado como base ) en toda la
doctrina, y con partes constituidas como deudor y acreedor desde antes del acto, partes
ausentes en la concepción del licencitario ajeno al derecho que persigue y en el caso que
analizo.
El llamado remate por publica subasta conlleva una naturaleza jurídica que no es
trasladable - como se ha demostrado - al objeto que se denomina también subasta en el
Anexo X de la Resolución SC N º 235 / 01.
Aquí no existe pérdida por parte de deudor alguno del dominio, ni locación, ni
comodato, existe solo permiso de uso revocable y sin derecho a indemnización por lo
mandado por la Ley 19798 de un recurso intangible y, en mi opinión la denominación de
"subasta" es inapropiada en el caso regulatorio que abordo.
En éste tema regulatorio, me permito traer a colación un apropiado comentario de
info@carrieryasociad.com , incluido en su informe periódico del sector que distribuye por
la red Internet;
"Replanteos: La crisis por la que atraviesa el sector de las telecomunicaciones
también en los EE.UU. está poniendo sobre la mesa de discusión la apertura que se
hiciera de este mercado a través del Telecommunications Act de 1996. Los senadores de
aquél país tienen visiones contrapuestas sobre qué hacer. Mientras algunos exigen más
desregulación otros prefieren no ser tan exigentes con la regulación actual. Y en el
medio se encuentra Michael Powell, chairman de la FCC e hijo del general Colin, quien
sostiene que las decisiones más importantes de la política de telecomunicaciones
corresponden al Congreso y no a los reguladores. Evidentemente, la forma de afinar las
políticas en comunicaciones todavía se encuentran lejos de obtener consenso
político."
En mi opinión, la norma que abordo no es aplicable en los casos en que se requiere
asignación de frecuencias con el propósito de realizar mediciones o pruebas de campo de
naturaleza experimental, más aún, no se requiere ser licencitario, ya que el propósito
del uso del recurso espectral no es el de prestar servicios. Aspecto éste no incluido en
la norma, tanto para las bandas de SFTDVA y de Alta Densidad, y, coligo, también para las
frecuencias de "spread spectrum" en la gama de 3,486 Giga hertz y otras
importantes frecuencias, inclusive las previamente "atribuidas" para servicios
de radio taxis, o de gerenciamiento de flotas y similares.
Al remitirse atentamente al párrafo regulatorio 1.5 de la norma considero necesario
proponer una aclaración: en la norma se instituye que por cada interesado solo se
autorizará una banda de frecuencias por servicio. Ahora bien, para la Resolución SC N º
869 / 98, existen dos grupos de bandas, una la a) para SFTDVA en la gama de 3,4 a 3,8 Giga
Hertz y en la b) para servicios de Alta Densidad, pero por la denominada Alta Densidad,
que es una categoría radioeléctrica sometida a criterios de densidad energía y densidad
de información, también se pueden prestar servicios SFTDVA y toda otra gama, como de
voz, video, etc, y en "spread spectrum" tambiÉn se puede cursar un tipo de
servicio, que es el mas importante de SFTDVA, que es el acceso a Internet por vía
inalámbrica.
De tal forma nada impediria que un licencitario pueda disponer en Alta Densidad de mas de
una asignación lindante, una para SFTDVA ( acceso a internet) y otra para voz , más aún
otra para transporte de radiodifusión y, más aún otra para otro servicio. Por lo cual
podría disponer de cuatro bandas en la categoría de Alta Densidad si declara el
contenido de la señal, con todo lo cual se contradecería lo determinado en la R SC N º
869 de que cada licenciatario no dispondrá de mas de una banda de frecuencias en cada
categoría de la norma. Por lo dicho, propongo un abordamiento de la cuestión con el
propósito de introducir equidad en posibles colisiones de interese, más aún cuando en
el caso de SFTDVA no existe guarda banda entre cada canalización y solo criterios
teórico prácticos de polarizaciones pueden ser útiles para cada proyecto final.
También, considero útil diferenciar los sistemas punto multipunto de los punto zona,
siendo éstos últimos los obligados a prestarse y los primeros solo autorizados
temporalmente, en los tiempos de existencia de monoproveedores. Esta distinción es
esencial y concurre a facilitar lo determinado en el apartado 1.6 en cuanto a
compatibilizacion electromagnética; no debiéndose dejar de lado la importante situación
de que en spread spectrum el contenido de la señal, para determinarse de que tipo de
servicio " se trata" , es una actividad de interceptación ( medida de radio
pasiva) que en nuestra normativa requiere de autorización judicial y por tiempo
determinado y, según la ley de inteligencia interior, analizada en otro ensayo anterior,
solo la Secretaria de Inteligencia estaría facultada para , en lo que analizo,
"determinar : NO la posible comisión de un delito, NO un peligro institucional que
involucra al estado o al gobierno, sino UNA INFRACCION, lo que a todas luces es
competencia de la Comisión Nacional de Comunicaciones y no le corresponde a la empresa
con la cual se tercerizó el servicio de control del espectro radioeléctrico.
La radio localización, no es verificación del significante de la señal de radio, es
solo una localización topográfica del radiante o antena y de nivel de frecuencia de
emisión y potencia, sin determinación del contenido inteligente de la señal.
En mi opinión, la figura del Concurso, por su naturaleza sería mas útil para erosionar
las asimetrías del país en materia de servicios con valor agregado. Aunque, como
sostiene un distinguido colega, el Dr. Cesar Ochoa: siempre la Administración puede
recurrir al Concurso en razón de la materia y sus facultades, coligo que siendo cierto,
la sola inclusión del propósito de la subasta publica en la R SC N º 235 / 01, cuando
el Decreto N º 764 / 00, incluye el Concurso, nada impediría incluir una regulación
respecto a éste y con el propósito de analizar ofertas donde el licenciatario, con su
oferta, pueda ofrecer además prestaciones en áreas o localidades donde los servicios de
valor agregado se encuentren instalados en competencia real; de tal forma, el precio de la
oferta en la subasta pierde entidad en beneficio de un bien que jurídicamente debe
tutelarse aún más: tender a eliminar las desigualdades con respecto a gran cantidad de
áreas del interior del país y zonas de frontera donde la presencia de los nuevos
servicios deviene en esencial, en estos tiempos.
Aunque la disponibilidad de los mismos no equivale a que la gente "pueda
acceder" a ellos. Pero, el deber de la regulación es la previsión. La previsión es
tener en cuenta en que momento de la implantación y flujo de tecnología n servicio,
convierte a las "dominantes" en menos dominantes por crecimiento de terceros
prestadores pero, con equidad y reglas muy claras.
Hace unos meses, otro prestigioso intelectual del campo de la sociología y la economía
de los EE. UU. Tuvo la gentileza de remitir a un foro que promoví en un sitio de la red
en Argentina un importante análisis del caso Nerón y de lo que se "desespera"
respecto a la "no previsión", el análisis en cuestión, remitido al foro desde
el New York Time dice en su versión original :
Nombre Paul Krugman
Asunto A System Corrupted
Opinión (January 18, 2002) A System Corrupted By PAUL KRUGMAN - E-mail:
krugman@nytimes.com
Clearly, Larry Lindsey shouldn't have described the Enron affair as a "tribute to
American capi-talism," and Paul O'Neill shouldn't have declared: "Companies come
and go. It's part of the genius of capitalism." Both the top White House economist
and the Treasury secretary have been excoriated for their callousness. But did they have a
point? Yes, they did - but their remarks suggest that they still don't understand what
happened. The Enron debacle is not just the story of a company that failed; it is the
story of a system that failed. And the system didn't fail through carelessness or
laziness; it was corrupted. Mr. Lindsey and Mr. O'Neill were, in effect, patting
themselves on the back for allowing Enron to fail. Indeed, that is one redeeming feature
of the saga. It turns out that you can be too well connected; Enron was so enmeshed with
the Bush administration that any bailout would have been politically disastrous. But it's
missing the point to focus on Enron's eventual failure. The real issue is what Enron
ex-ecutives got away with during the good times. We usually take the viability of the
modern corporation, in which professional managers look after the interests of
shareholders, for granted. But as economists since Adam Smith have warned, a separation
between ownership and management opens the possibility of insider abuse. Indeed, Smith
thought that such a separation was a bad idea, except in a handful of businesses. But you
can't run a modern economy with family-owned companies and partnerships. So capi-talism as
we know it depends on a set of institutions - many of them provided by the government -
that limit the potential for insider abuse. These institutions include modern accounting
rules, inde-pendent auditors, securities and financial market regulation, and prohibitions
against insider trading. The Enron affair shows that these institutions have been
corrupted. None of the checks and balances that were supposed to prevent insider abuses
worked; the supposedly independent players were compromised. Enron's byzantine network of
3,000 subsidiaries and partnerships - one for every seven employ-ees - made a mockery both
of accounting rules and of rules against insider trading. Not incidentally, the network
also allowed the company to evade taxes in four of the last five years. And Enron
execu-tives knew what they were doing. A letter last August from an Enron vice president
to the chairman, Kenneth Lay, described how shell companies with names like Condor and
Raptor were used to create fictitious profits, and quoted one manager as saying, "We
are such a crooked company." The accounting firm of Arthur Andersen was told of these
concerns. Yet it gave Enron a free pass, and shredded documents when questions arose. The
regulators were nowhere to be seen, partly because politicians with personal ties to
Enron, like Senator Phil Gramm, took care to exempt Enron from regulation. Mr. Lindsey and
Mr. O'Neill would have us believe that all's well that ended badly; because Enron was
allowed to fail, justice was done and the system worked. But Enron isn't a person; the
evil-doers here were Enron executives, who collectively walked off with at least $1.1
billion. It's not just a matter of the utter unfairness of it all - employees lose their
life savings while crooked executives walk away rich. It's also a matter of what it takes
to make capitalism work. Investors must be reasonably sure that reported profits are real,
that executives won't use their posi-tions to enrich themselves at the expense of
stockholders and employees, that when insiders do abuse their positions their actions will
be discovered and punished. Now we have seen a graphic demonstration that the system that
was supposed to provide those assurances doesn't work. And nobody I know in the financial
community thinks Enron was an isolated case. Yet all the evidence suggests that the Bush
administration doesn't get it. On the contrary, until the latest revelations it was moving
in the wrong direction. Harvey Pitt, the new chairman of the Securities and Exchange
Commission, made his reputation as a lawyer who represented accounting firms - including
Andersen - in struggles to maintain auditor independence. Now we've seen what Andersen did
with that independence. The truth is that key institutions that underpin our economic
system have been corrupted. The only question that remains is how far and how high the
corruption extends
Amigo lector, usted puede corroborar el mensaje en www.respublica.org.ar el apartado FOROS
- Corrupción-
Es evidente, que el Sr. Paul Krugman no se esta refiriendo a las telecomunicaciones, mi
pasión, sino a un sistema de Control que si le es aplicable y, como todos sabemos, su
lucha contra Kaos aún no termina.
Desde mi trabajo en telecomunicaciones, comenzado hace 44 años, hasta la fecha nada ha
sido definitivo, todo tiene un segundo o un tercer aspecto que uno no alcanza a
"conocer" en un primer momento. Eso me paso hace cerca 24 años. En aquel
entonces mi trabajo consistió por algunos meses en la localización topográfica
definitiva de las estaciones satelitales terrestres que se desplegaron en el marco del
denominado Plan Soberanía. Junto con un equipo de otros profesionales participamos en
esta tarea desde la localidad de Lago Puelo hasta Susqués, Coranzuli y San Antonio de los
Cobres; por entonces, estando realizando los trabajos previos a las instalaciones de los
equipos Harrys en Vinchina, La Rioja, viajando hacia Jaguel cerca de la frontera conocimos
que la red se instalaba como consecuencia del diferendo limítrofe con la República de
Chile.
Lo que me llamó la atención es que los proyectos circulaban entre decenas y decenas de
personas, por lo cual todo era como una especie de "secreto a voces" y si se
producía un conflicto esas antenas podrían ser destruidas por la fuerza aérea de Chile,
que seguramente su Sistema de Inteligencia conocía el lugar de las instalaciones. Esta
reflexión quedó en mi por mas de 10 años. Finalmente tuve la oportunidad de hablar del
tema con un especialista retirado de las FF.AA. y, escuchándome me dijo ( el oficial
había sido piloto de caza ) : " Es verdad que posiblemente o seguramente eso se
conocía pero, quizás ese era el propósito de Argentina ya que un ataque aéreo sobre
esas estaciones satelitales obligaría, por la necesaria simultaneidad de la operación, a
sobrepasarlas hacia el oeste, por la cercanía de las alturas y arribar al blanco desde
territorio argentino y esta operatoria obligaría a la fuerza aérea de Chile a
diversificar en un numero importante de blancos a lo largo de "toda" la frontera
su poder de ataque, de tal forma se reducía la posibilidad de, en las primeras horas,
llegue a constituir un centro de gravedad lo suficientemente valido para concentrar su
esfuerzo aéreo en UN solo punto.
Luego, inmediatamente recordé que, en lugares de emplazamiento del sistema, aún
tratándose de localidades muy chicas, como por ejemplo Chepes, las instalaciones estaban
alejadas de los sitios mas poblados y se colocaron en inmueble del dominio provincial o
Municipal en la mayoria de los casos. Y creo que mi interlocutor tenía razón-
Y, de ésta forma comprendí aún más el papel que las comunicaciones tienen, implantadas
en el país, respecto a otros temas que no solo no le son ajenos, sino esenciales. Esa
perspectiva, llevada a la actual situación y con otros ejemplos, con mas las
observaciones del economista de los EE.UU. me llevan a escribir estos ensayos que este
sitio de la red tiene la liberalidad de facilitarme.
Y, es en éste criterio, en el que espero que mis comentarios y ensayos sean de utilidad a
mis compatriotas, a mi país y a quienes tienen la responsabilidad de construir no solo lo
que nos sea útil, sino lo que se nos presente como justo.
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