ImprimirE-mailFavoritosSalir
AFCEA
Cursos
Publicaciones
Sponsors
Novedades
Links
Contacto
1. ASAMBLEA ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA

En la ciudad autónoma de Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil dos siendo las diecisiete horas y treinta minutos, se constituye en el local social sito en Avenida Cabildo Nº 381 la presente asamblea general ordinaria y extraordinaria de la Asociación de Facilidades de Comunicaciones y Electrónica Argentina, en segunda convocatoria, con la presencia de un total de catorce asociados, sobre un total registrado de asociados con derecho a voto de ciento dieciseis personas, firmando los presentes al margen. Dicha asamblea está presidida por el Presidente de la Asociación mencionada.
En primer lugar se procede a dar lectura del orden del día que es el siguiente:
1. Consideración de la memoria, balance general, inventario, cuenta de gastos y recursos e informe del Revisor de Cuentas.
2. Consideración de las reformas al Estatuto Social: Reforma de los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 7º, 8º, 9º, 12º, 25º y 30º
3. Designación de dos socios para firmar el acta de la asamblea con el presidente y el secretario.
Como primera medida, el presidente de la asamblea requiere a los presentes se exprese si existe conformidad con respecto a las formalidades de la convocatoria, recepción de la circular y puesta a disposición del texto del estatuto cuya reforma se proyecta, no registrándose objeción alguna según constata el Secretario.
Al considerarse el primer punto del orden del día el presidente da lectura a la memoria desde el primero de febrero de dos mil uno al treinta de septiembre de dos mil uno siendo aprobada por unanimidad. El tesorero expone el balance general, el inventario, la cuenta de gastos y recursos y el informe del revisor de cuentas, aprobándose todos ellos por unanimidad y en el período comprendido en el párrafo anterior.
Dando cumplimiento al segundo punto del orden del día se procede por secretaría a leer el texto de los artículos actualmente en vigencia, mientras el presidente presenta en transparencias el texto de los artículos que se pretenden reformar. Seguidamente, el presidente explica los alcances y necesidad de las reformas sosteniendo la importancia de contar con un acrónimo para la asociación por su extensión del nombre actual. Asimismo, introducir el concepto de comunicaciones, electrónica y sistemas de información, nominado C4ISR; también expresa algunos aspectos formales a introducir. Dichas reformas son aprobadas por unanimidad de los presentes quedando el texto definitivo de los artículos redactado de la siguiente manera:
Artículo 1° - Con la denominación de "ASOCIACION DE FACILIDADES DE COMUNICACIONES Y ELECTRONICA ARGENTINA" (AFCEA ARGENTINA) se constituye el día uno del mes de febrero del año 2001 una entidad de bien público sin fines de lucro, con domicilio legal en la ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina, declarando que los fondos sociales no serán invertidos en objetos ajenos a lo prescripto por este estatuto ni en beneficio personal de sus miembros.

Artículo 2° - AFCEA ARGENTINA es una asociación de personas dedicadas o interesadas en el desarrollo de las comunicaciones, la electrónica y los sistemas de información (nominado C4ISR).
Con este propósito, la entidad convocará a elementos del ámbito gubernamental y el privado, indistintamente, para realizar un intercambio de ideas y conocimientos tendientes a lograr una verdadera evolución en el campo de la información. Todo ello con una finalidad educativa regida en principios éticos. Los propósitos de dicha asociación son:
a)Contribuir a la capacitación y educación profesional de sus miembros mediante la realización de cursos, simposios y seminarios que tengan relación con el C4ISR.
b)Ofrecer un foro común para el intercambio de información a fin de facilitar la comprensión, el diálogo permanente y el conocimiento de las tendencias entre los usuarios y los productores de tecnología.
c)Fomentar los programas de investigación y desarrollo en las comunicaciones, electrónica y sistemas de información.
d)Promover y estimular la edición de libros, revistas y todo tipo de publicaciones en general, cuyos temas tengan relación con el C4ISR.
e)Canalizar las inquietudes de orden profesional, social y cultural de sus asociados. A tales fines podrá:
1)Formar comisiones que lleven a cabo visitas a establecimientos gubernamentales y militares, plantas industriales y laboratorios; así como realizar y participar de seminarios, exhibiciones, paneles técnicos y debates.
2)Organizar actos culturales y reuniones sociales.

Artículo 3° - La asociación está capacitada para adquirir bienes y contraer obligaciones. Podrá operar con instituciones financieras públicas y privadas.

Artículo 4° - El patrimonio se compone de los bienes que posee en la actualidad y de los que adquiera en lo sucesivo por cualquier título, y de los recursos que obtenga por: 1) las cuotas ordinarias y extraordinarias que abonen los asociados; 2) las rentas de sus bienes incluidas las derivadas de patentes que le sean propias; 3) las donaciones, herencias, legados y subvenciones; 4) el producto de beneficios, festivales, torneos y toda otra entrada que pueda obtener lícitamente de conformidad al carácter no lucrativo de la institución.

Artículo 5° - Se establecen las siguientes categorías de asociados:
a) Activos: las personas físicas profesionales o idóneas, dedicadas o
interesadas en la problemática del C4ISR, que tengan más de dieciocho años de edad y que fueran aceptadas por la comisión directiva; también serán consideradas en esta categoría las personas jurídicas que se postulen documentalmente y que fueran aceptadas por la comisión directiva.
b) Honorarios: los ex - presidentes de la asociación; adquieren el derecho a ser elegibles de modo automático al caducar su mandato de Presidente y no haber merecido reproche público durante su ejercicio. No abonan cuota social y gozan de los derechos societarios a fines a los Socios Activos sin limitación en el tiempo.
c) Vitalicios: los asociados activos que alcancen una antigüedad ininterrumpida de cuarenta años en la asociación. No abonan cuota social y gozan de los derechos de los activos.
d) Adherentes: los que luzcan las mismas calidades de los Activos pero hayan manifestado al llenar su solicitud de asociarse, el no asumir responsabilidades en cargos de Comisión Directiva. Pagarán cuota social y tendrán derecho a voz, pero no a voto; tampoco podrán ser elegidos para integrar los órganos sociales.
e) Cadetes: Las personas menores de dieciocho años de edad que hayan acompañado su solicitud de ingreso con la autorización de alguno de sus padres o tutor competente, quienes obtendrán acceso a los beneficios sociales abonando cuota mensual, sin tener reconocido derecho a voz o voto en las Asambleas, si la Comisión Directiva las aceptara. La condición de Cadete podrá ser ejercida por el titular no más allá que el cumplimiento de los dieciocho años, siendo candidato a partir de entonces a desempeñarse como potencial socio Activo o Adherente según autorización de la Comisión Directiva.

Artículo 7° - Perderá su condición de asociado el que hubiere dejado de reunir las condiciones requeridas para serlo y así lo declarara la Comisión Directiva. El asociado que se atrasare en el pago de dos cuotas o de cualquier otra contribución establecida, será notificado fehacientemente de su obligación de ponerse al día con la tesorería social. Pasado un mes de la notificación sin que hubiera regularizado su situación, la comisión directiva podrá declarar la cesantía del asociado moroso. Se perderá también la condición de asociado por fallecimiento, renuncia o expulsión.

Artículo 8° - La comisión directiva podrá aplicar a los asociados las siguientes sanciones:
a)    amonestación;
b)    suspensión, cuyo plazo máximo no podrá exceder a un año; y
c)    expulsión. Todas ellas se graduarán de acuerdo a la gravedad de la falta y a las circunstancias del caso ante las siguientes causas:
1)    incumplimiento de las obligaciones impuestas por el estatuto, reglamento o resoluciones de las asambleas y de la comisión directiva;
2)    inconducta notoria;
3)    hacer voluntariamente daño a la asociación;
4)    provocar desórdenes graves en su seno;
5)    observar una conducta que sea notoriamente perjudicial a los intereses sociales.

Artículo 9° - Las sanciones disciplinarias a que se refiere el artículo anterior serán resueltas por la comisión directiva con estricta observancia del derecho de defensa. En todos los casos, el afectado podrá interponer, dentro del término de treinta días de notificada la sanción, el recurso de apelación por ante la primera asamblea que se celebre.
La interposición del recurso tendrá efecto suspensivo de la sanción impuesta. En cuanto a sus derechos de asociado en el supuesto de ejercer el socio sancionado un cargo dentro del órgano de administración, podrá ser suspendido por dicho órgano en ese carácter, hasta tanto resuelva su situación la asamblea respectiva.

Artículo 12° - En caso de licencia, renuncia, fallecimiento o cualquier otra causa que ocasione la vacancia transitoria o permanente de un cargo titular, entrará a desempeñarlo el suplente que corresponda. Así, al Presidente lo reemplazará el Vicepresidente, al Secretario el Prosecretario, al Tesorero el Vocal Titular Primero, a los Vocales Titulares ejercería ese reemplazo el Vocal Suplente. Este reemplazo se hará por el término de la vacancia y siempre que no exceda el mandato por el que fuera elegido dicho suplente. También el Vocal Titular Primero reemplazará al Tesorero, con idéntico esquema.

Artículo 25° - Las asambleas se convocarán por circulares remitidas al domicilio de los socios con veinte días de anticipación. Con la misma antelación deberá a ponerse a consideración de los socios la memoria, balance general, inventario, cuenta de gastos y recursos e informe del revisor de cuentas.
Cuando se sometan a consideración de la asamblea reformas al estatuto o reglamento, el proyecto de los mismos deberá a ponerse a disposición de los socios con idéntico plazo. En las asambleas no podrán tratarse otros asuntos que los incluidos expresamente en el orden del día, salvo que se encontrare presente la totalidad de los asociados con derecho a voto, y se votare por unanimidad la incorporación del tema.

Artículo 30 - No se exigirá la antigüedad requerida por los artículos 6°, inciso 3), y 11° durante los primeros dos años desde la constitución de la entidad. Asimismo, la primer comisión directiva que sea elegida bajo los alcances del artículo 10 del presente estatuto, durante el primer año de su gestión, procederá a sortear entre sus siete miembros titulares y el miembro suplente, cuales cuatro de ellos cumplirán un mandato, por esta única vez, limitado a un año de duración, lo que asegurará que en las siguientes elecciones no se carezca de tradición en la conducción de la próxima comisión directiva ante la eventual remoción del cien por ciento de sus miembros al no ser reelegidos. Todos los asociados que hayan sido elegidos para conducir la comisión directiva mantienen su capacidad de ser reelegibles en las sucesivas elecciones, por lo que de año en año se renovará mediante elección el cincuenta por ciento de los asociados miembros cuyos mandatos vencieran en ese año.


En este estado la asamblea faculta expresamente al presidente y al señor GONZALO DE SALTERAIN a solicitar la aprobación de las reformas ante la Inspección General de Justicia, pudiendo contestar las vistas respectivas y aceptar las modificaciones al texto que no importen alterar su contenido sustancial.
Al considerarse el tercer punto del orden del día se designa por unanimidad a los señores CLAUDIO THOMASSET y GONZALO DE SALTERAIN para firmar el acta de la asamblea con el presidente y el secretario.
Concluido el temario se da por terminada la asamblea ordinaria y extraordinaria siendo las dieciocho horas y cuarenta y cinco minutos firmando de conformidad el presidente, el secretario y los asociados designados.

 

2. ASAMBLEA ORDINARIA

En la ciudad autónoma de Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil dos siendo las once horas y treinta minutos, se constituye en el local social sito en Avenida Cabildo Nº 381 la presente asamblea general ordinaria de la Asociación de Facilidades de Comunicaciones y Electrónica Argentina (AFCEA ARGENTINA), en segunda convocatoria, con la presencia de un total de diecisiete asociados, sobre un total registrado de asociados con derecho a voto de sesenta y seis personas, firmando los presentes al margen. Dicha asamblea está presidida por el presidente de la Asociación mencionada.
En primer lugar se procede a dar lectura del orden del día que es el siguiente:
1. Consideración de la memoria, balance general, inventario, cuenta de gastos y recursos e informe del revisor de cuentas.
2. Elección de miembros para integrar la Comisión Directiva.
3. Designación de dos socios para firmar el acta de la asamblea con el presidente y el secretario.
Como primera medida, el presidente de la asamblea requiere a los presentes se exprese si existe conformidad con respecto a las formalidades de la convocatoria y recepción de la circular, no registrándose objeción alguna según constata el secretario.
Al considerarse el primer punto del orden del día el presidente da lectura a la memoria desde el primero de octubre de dos mil uno al treinta de septiembre de dos mil dos siendo aprobada por unanimidad. El tesorero expone el balance general, el inventario, la cuenta de gastos y recursos y el informe del revisor de cuentas, aprobándose todos ellos por unanimidad y en el período comprendido en el párrafo anterior.
Al considerarse el segundo punto del orden del día el presidente da lectura de una nota firmada por diez socios de la entidad hacia su persona, por la cual proponen a los asambleístas, como reemplazantes de los socios que finalizan su mandato y solicitaron su alejamiento: HUGO DONADELLO, JUAN GALVAN, ALVARO CARLES y GUSTAVO VAZQUEZ, a los siguientes socios para integrar la nueva comisión directiva: ANGEL PALAZZO, ERNESTO CELESTINO, JACINTO MANSO y CLAUDIO PRADO, de acuerdo al artículo 10 del estatuto, aprobándose por los presentes, excepto por el socio GONZALO DE SALTERAIN que se abstuvo. A continuación, el presidente pone en consideración de la Asamblea la nueva comisión directiva y la reelección de los revisores de cuentas, la cual fue aprobada por los presentes, excepto por el socio GONZALO DE SALTERAIN que se abstuvo. La misma está constituida por las siguientes personas:
PRESIDENTE: Grl Br (R) Herberto Robinson (reelegido)
VICEPRESIDENTE: Grl Br (R) Francisco Machinandiarena (reelegido)
SECRETARIO: Cnl (R) Hugo Cargnelutti (reelegido)
PROSECRETARIO: Tcnl Jacinto Manso
TESORERO: Cte My (R) Ernesto Celestino
VOCAL 1º: Cnl (R) Julio Bergallo (reelegido)
VOCAL 2º: CN (R) Angel Palazzo
VOCAL SUPLENTE: Ing Claudio Prado
Revisor de Cuentas Titular: Cnl (R) Domingo Lusa (reelegido)
Revisor de Cuentas Suplente: Cnl (R) Miguel Juárez (reelegido)
Al considerarse el tercer punto del orden del día se designa por unanimidad a los socios MIGUEL JUÁREZ y OBDULIO SIFFREDI para firmar el acta de la asamblea con el presidente y el secretario.
Concluido el temario se da por terminada la asamblea ordinaria siendo las doce horas, firmando de conformidad el presidente, el secretario y los asociados designados.


 

AFCEA Argentina: Av Santa Fe 4815 - Piso 1  (BHK1425)  Bs As
Tel/Fax: 4776-0943 contacto@afcea.org.ar
Sitios de interés
EMCFFAA
Ejército
Armada
Fuerza Aérea
Gendarmería
Prefectura
Policía Federal